Beneficiarios:
Personas físicas mayores de edad que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en calidad de arrendatario.
- Que la vivienda arrendada o a arrendar, constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario.
- Que los ingresos de las personas que tengan, o vayan a tener, su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean, en conjunto, determinados de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2.b) del artículo 6, inferiores al límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia que da acceso a la ayuda establecido en el apartado 5 del artículo 12, o excepcionalmente a 3 veces el IPREM tal y como se recoge en el apartado 7 del mismo artículo. Las CCAA podrán fijar un límite inferior.
- Renta de la vivienda igual o inferior a los 600 euros mensuales. Las CCAA podrán fijar un límite inferior.
Ayuda:
- Hasta el 40% de la renta anual.
- Límite máximo: 2.400€ anuales por vivienda.
- Plazo máximo: 12 meses prorrogables por sucesivos periodos de 12 meses, hasta la finalización del Plan. En todo caso, la fecha límite para percibir la ayuda será hasta el 31 de diciembre de 2016.