Descripción:
El objeto de este programa es el fomento de la creación de un parque público de vivienda protegida para alquiler sobre suelos o edificios de titularidad pública.
Características:
- Su superficie útil no podrá exceder de 90 m2.
- Podrán ser viviendas de nueva construcción o procedentes de la rehabilitación de edificios públicos.
- El régimen de alquiler habrá de mantenerse por un plazo mínimo de 50 años desde la calificación definitiva.
- Al menos el 50% se destinará a alquiler en rotación, siempre que el resto se califique como alquiler protegido.
Tipos de viviendas:
Vivienda de alquiler en rotación:
- Para ser alquiladas a unidades de convivencia con ingresos totales de hasta 1,2 veces el IPREM, sumando los de todos los que vayan a residir habitual y permanente en la vivienda.
- El alquiler debe ser en rotación y con una renta máxima de 4,7€ mensuales por metro cuadrado de superficie útil, más un 60% de dicha cuantía por m2 de garaje o anexo a la vivienda.
Vivienda de alquiler protegido:
- Para ser alquiladas a unidades de convivencia con ingresos totales entre 1,2 y 3 veces el IPREM, sumando los de todos los que vayan residir habitual y permanente en la vivienda.
- Renta máxima de 6€ mensuales por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, más un 60% de dicha cuantía por m2 de garaje o anexo a la vivienda.
Beneficiarios:
Administraciones públicas, organismos públicos, entidades públicas, empresas públicas, sociedades mercantiles, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG, entidades privadas con o sin ánimo de lucro.
Ayuda:
- Proporcional a la superficie de cada vivienda, sin incluir anejos, hasta un máximo de 250 €/metro cuadrado útil.
- Límite de la subvención: 30% del coste subvencionable de la actuación y como máximo 22.500€/ vivienda.
- Es compatible con las ayudas de otras administraciones públicas.